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¿Qué diferencia existe entre la FEUM y otras farmacopeas?

El carácter de la FEUM es meramente regulatorio, no pretende obtener recursos por ejercer su función, de hecho, el precio de venta de los ejemplares únicamente considera la recuperación de los gastos de operación ejercidos. Es un documento legalmente instituido en nuestro país, tanto por la Ley General de Salud como por los Reglamentos respectivos. En este sentido, otras farmacopeas son consideradas guías de calidad.

Evidentemente, al no contar con información de primera mano de la industria, es necesario considerar la información publicada en otros países, esto cambiará en función del incremento de la participación de los usuarios en la revisión y actualización de la FEUM.

Sin embargo, a pesar de considerar lo publicado en otras farmacopeas, la FEUM publica monografías que responden a las necesidades de nuestra población, guardando la misma estructura que otras farmacopeas.

Por otra parte, un valor fundamental de lo incluido en FEUM es que es el resultado de la discusión directa, personal, entre los expertos de cada comité. Esto agrega una gran importancia, pues da por resultado monografías consensuadas, que responden a las necesidades de los diversos usuarios de la FEUM.

Analizando más a detalle, al publicar la séptima edición de la FEUM se hizo un comparativo de monografías de la FEUM con la edición 26 de la USP, encontrando resultados interesantes, y que evidencian el hecho de no ser copia de la USP.

Por ejemplo, de 456 fármacos incluidos en la FEUM, 46 de ellos no están en la USP y únicamente 34 de ellos coinciden al 100 por ciento. De los productos biológicos ninguno coincide al 100 por ciento y cerca del 50 por ciento de los productos biológicos y casi el 100 por ciento de los hemoderivados no están en la USP.